Constitución de Hipoteca
Descripción
Cuando una persona solicita un préstamo y quiere dar como garantía su inmueble, este trámite permite dejarlo registrado de forma legal. Sirve para que tanto el dueño como la entidad financiera tengan plena seguridad del acuerdo.
Requisitos
- Minuta suscrita por las partes y autorizada por abogado colegiado.
- CRI (Certificado registral inmobiliario) original y actualizado del inmueble.
- En el caso que intervenga una persona jurídica en la operación, partida registral de la sociedad o vigencia de poder completa y actualizada.
- En el caso que intervenga, en la formalización del acto, una persona de setenta (70) años a más o si así lo requiera la notaría, la persona deberá, previamente a la firma de la escritura pública, pasar entrevista con la notaria, quien podría solicitar documentación adicional.
- De la revisión de la documentación se podría solicitar rectificaciones previas o documentos adicionales.
Contacto
Lunes a Viernes: 9:00 am – 6:30 pm
Sábado: 9:00am – 1:00pm
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