Constitución de Patrimonio Familiar

Descripción
Es un mecanismo para proteger una vivienda familiar, evitando que pueda ser embargada o vendida sin autorización. Es útil para dar estabilidad y seguridad a la familia.

• Minuta debidamente autorizada por abogado, la minuta deberá contener la declaración expresa de no tener deudas pendientes de pago, la edad de el/los otorgante/s y beneficiario/s.

Anexos que se deben acompañar a la minuta:

  • Copia del documento de identidad de los otorgantes.
    • Partidas de nacimiento, matrimonio u otros, que acrediten el vínculo de los otorgantes con los beneficiarios.
    • Certificado negativo de gravamen del predio que se pretende afectar.

Trámite notarial:

Una vez calificada la documentación se procede a la publicación en los diarios (El Peruano y otro de mayor circulación); transcurridos 10 días útiles contados desde de la última publicación se extenderá la Escritura Pública, la misma que deberá ser suscrita por los solicitantes, previa identificación mediante su Documento de Identidad, posteriormente se envían los partes al registro de la propiedad inmueble para su inscripción.

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